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Impuestos

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Ser o no residente fiscal en España se decide por días, no por intenciones. Y esa única cuestión determina casi todo lo demás.

No es una página del Ayuntamiento de Altea. alteamar.es es un portal privado y no es una administración: no tramitamos solicitudes ni asesoramos en casos concretos. Lo único vinculante es lo que diga el organismo competente: sede.agenciatributaria.gob.es ↗. A modo de guía, reunimos aquí lo que está repartido en muchas webs: una visión de conjunto, no instrucciones de actuación.

Contacto

Agencia Tributaria
Administración de Benidorm
Av. Beniardá 2, 03502 BenidormVer en el mapa
Información y cita
+34 91 333 5 333 (AEAT, central)
Tributos locales
IBI, basura y vehículos los gestiona Suma, no la AEAT
Asesoramiento
Gestoría o asesor fiscal — para todo lo que salga de los casos estándar

Plazos y horarios

TrámiteCuándo / cuánto
AEAT Benidorm, atención al públicolunes a viernes, 9:00–14:00; se recomienda cita
Campaña de la renta (residentes)primavera y verano
Modelo 210 por uso propioejercicio 2025: todo 2026; desde el ejercicio 2026: del 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente
Modelo 210 por alquileranual; desde el ejercicio 2026: del 1 al 20 de abril del año siguiente

Los plazos exactos cambian cada año y figuran en el calendario del contribuyente. Presentar fuera de plazo con resultado a ingresar genera recargos (1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso).

Los horarios cambian. Antes de acudir, conviene comprobarlos: AEAT oficinas

Departamentos y personas de contacto

  • Agencia Tributaria (AEAT)Tributos estatales: renta, no residentes, patrimonio
  • SumaTributos municipales
  • Agència Tributària Valenciana (ATV)Sucesiones, donaciones, transmisiones patrimoniales; con no residentes, sucesiones y donaciones por la AEAT
  • Asesor fiscalAsesoramiento y presentación — no es administración, pero suele salir a cuenta

La cuestión decisiva: residente o no

  1. Contar 183 díasQuien permanece más de 183 días en España en un año natural es residente fiscal. Las ausencias esporádicas se computan, no se restan, salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país (art. 9 Ley del IRPF).
  2. Revisar los demás criteriosTambién hay residencia si el centro de intereses económicos está aquí, o si residen aquí el cónyuge y los hijos menores (presunción que admite prueba en contrario).
  3. Como residenteSe declara la renta mundial en el IRPF. Los bienes en el extranjero se declaran además en el modelo 720 cuando superan 50.000 € por tipo de bien (cuentas, valores, inmuebles).
  4. Como no residenteSolo las rentas de fuente española, por el modelo 210. Incluye la vivienda propia, aunque esté vacía.
  5. Comprobar el convenioExiste convenio de doble imposición con Alemania. Evita pagar dos veces, no evita declarar en ambos países.

Qué se tramita aquí

  • Modelo 210 — IRNR, también por el mero uso propio
  • Alquiler — declaración anual de los rendimientos (desde el ejercicio 2024)
  • Venta de un inmueble — ganancia patrimonial; si el vendedor no es residente, el comprador retiene el 3 % del precio (modelo 211)
  • Plusvalía municipal — impuesto local sobre el incremento de valor; quién la liquida (Suma o el Ayuntamiento), conviene preguntarlo antes en cada caso
  • IBI y basura — por Suma
  • Impuesto sobre el patrimonio — a partir de ciertos umbrales, con normas propias en la Comunitat Valenciana
  • Sucesiones y donaciones — Agència Tributària Valenciana; la AEAT si el causante o el heredero no es residente. Plazo ante la ATV: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 a solicitud

Qué debe llevar

  • NIE y documento de identidad
  • Referencia catastral, del recibo del IBI
  • Escritura o contrato de compraventa
  • En alquiler: ingresos y gastos deducibles, justificados
  • En venta: precio de compra y de venta, gastos de notaría e intermediación
  • Certificado digital para presentar por la sede electrónica

La documentación exigida cambia con la normativa. Lista vigente: sede.agenciatributaria.gob.es

Conviene saber

Esta página explica, no asesora. La fiscalidad depende del caso concreto y los errores salen caros. Para la situación propia, lo correcto es un asesor fiscal o una gestoría — el coste suele ser muy inferior al de un recargo pasado por alto.

La vivienda propia tributa aunque esté vacía. Para no residentes se imputa una renta calculada sobre el valor catastral. Sorprende a mucha gente — y Hacienda puede reclamarla mientras no haya prescrito.

En la venta por no residentes la parte compradora retiene el 3 % del precio y lo ingresa en Hacienda (modelo 211). Si la retención supera la cuota, se devuelve el exceso — con el modelo 210, en los tres meses siguientes al mes posterior a la venta.

Tasas y precios

Los tipos los fija la ley, cambian cada año y varían según el tipo de renta. Para no residentes de la UE rige un tipo distinto del de terceros países. Los valores vigentes están en la AEAT: sede.agenciatributaria.gob.es.

Preguntas frecuentes

Solo vengo en verano. ¿Tengo que declarar algo?

Si tiene un inmueble aquí, sí: el modelo 210, cada año. También sin alquilarlo y sin ingresos.

¿Cuentan los días de llegada y salida?

En la regla de los 183 días se computan los días de permanencia; las ausencias esporádicas no interrumpen el cómputo de forma automática. En casos límite conviene asesorarse.

Ya pago impuestos en mi país.

El convenio de doble imposición evita que la misma renta tribute dos veces. No exime de declarar en ambos países.

¿Qué diferencia hay entre el IBI y el modelo 210?

El IBI es el impuesto municipal sobre el inmueble y lo gestiona Suma. El modelo 210 es el impuesto estatal sobre la renta de no residentes. Se suman: uno no excluye al otro.

Mapa

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Páginas relacionadas

Recopilado en octubre de 2026. Fuentes: oficina y horario AEAT oficinas; teléfono AEAT teléfonos; plazos del modelo 210 AEAT modelo 210, Orden HAC/623/2026; recargos Ley 58/2003, art. 27; residencia AEAT residencia; modelo 720 AEAT modelo 720; retención en la venta AEAT modelo 211; sucesiones y donaciones ATV herencias, AEAT sucesiones; IBI por Suma BOE-A-2024-12911. La normativa cambia cada año; el texto describe el sistema, no los tipos vigentes. Lo vinculante es la AEAT. Los teléfonos sin fuente oficial figuran según su estado en octubre de 2026; conviene comprobarlos antes de llamar.