Licencias, declaraciones responsables, plan general y primera ocupación. Quien construye, reforma o compra en Altea acaba pasando por aquí.
No es una página del Ayuntamiento de Altea. alteamar.es es un portal privado y no es una administración: no tramitamos solicitudes ni asesoramos en casos concretos. Lo único vinculante es lo que diga el organismo competente: altea.es ↗. A modo de guía, reunimos aquí lo que está repartido en muchas webs: una visión de conjunto, no instrucciones de actuación.

| Periodo | Atención al público |
|---|---|
| Atención al público | por las mañanas; horario en altea.es |
| Consulta técnica | pedir cita por teléfono a la Oficina Tècnica |
Para consultar expedientes o concertar una visita conviene llamar antes; el personal técnico no está permanentemente en la oficina.
Los horarios cambian. Antes de acudir, conviene comprobarlos: altea.es → Urbanismo
La documentación exigida cambia con la normativa. Lista vigente: altea.es → Urbanismo, trámites
El núcleo del casco antiguo es Bien de Interés Cultural. El baluarte renacentista en torno a la iglesia (carrers Major, d’Enmig, de Baix, del Forn y otros) es Conjunto Histórico desde 2013 (Decreto 69/2013). Allí rigen condiciones para cubiertas, huecos, fachadas y colores, y las intervenciones necesitan además la autorización de la Conselleria de Cultura.
En los primeros 100 m tierra adentro desde la costa rige la zona de servidumbre de protección de la Ley de Costas: el uso residencial está, en principio, prohibido y cualquier actuación necesita una autorización adicional. Eso alarga los plazos considerablemente.
Junto al río Algar hay que contar con el riesgo de inundación. Las zonas inundables de la desembocadura están cartografiadas en el PATRICOVA, el plan de acción territorial sobre riesgo de inundación de la Generalitat (Decreto 201/2015, visor en carto.icv.gva.es), y condicionan lo que puede construirse, a veces de forma tajante. Es una comprobación que conviene hacer antes de comprar, no después.
Antes de comprar merece la pena pedir la cédula urbanística: indica qué es posible en la parcela y si hay algo construido sin licencia.
Se devengan la tasa de licencia y el ICIO, calculado sobre el presupuesto de ejecución. Tipos y bonificaciones, en las ordenanzas fiscales: altea.es → Ordenanzas fiscales. Los trámites y sus impresos, en altea.es → Urbanismo, trámites.
Los movimientos de tierra necesitan licencia; muros, vallados, piscinas, pérgolas y placas solares requieren, según el caso, licencia o declaración responsable. Preguntar antes sale más barato que legalizar después.
Depende del alcance y de que la documentación esté completa. Puede llevar varios meses; la documentación incompleta es una causa frecuente de retraso.
Según la antigüedad y la ubicación cabe la legalización o la declaración de obra nueva por antigüedad. En suelo protegido suele estar excluido. Conviene consultarlo con un abogado.
Hace falta la inscripción como vivienda de uso turístico en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana y un informe municipal de compatibilidad urbanística favorable. La inscripción vale cinco años; el número de registro debe figurar en la entrada y en todo anuncio; alquilar por habitaciones está prohibido. La normativa se renovó en 2021 (Decreto 10/2021) y 2024 (Decreto-ley 9/2024); desde 2025 se suma el Registro Único de Arrendamientos estatal.
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Competencias según el reparto de la corporación municipal de Altea, actualizado en octubre de 2026. Tasas, plazos y documentación deben consultarse directamente en el ayuntamiento; dependen de las ordenanzas vigentes. Fuentes: boe.es (Decreto 69/2013, BIC), boe.es (Ley 3/2004, ocupación), boe.es (Ley 22/1988), boe.es (RD 1000/2010, visado), datos.gob.es (PATRICOVA), gva.es (viviendas de uso turístico).
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