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Altea · Ayuntamiento
Ayuntamiento

Ayuntamiento de Altea

Ayuntamiento de Altea

La primera dirección para todo lo municipal: empadronamiento, certificados, solicitudes, registro de entrada. El edificio está en la plaza, en el borde del casco antiguo.

No es una página del Ayuntamiento de Altea. alteamar.es es un portal privado y no es una administración: no tramitamos solicitudes ni asesoramos en casos concretos. Lo único vinculante es lo que diga el organismo competente: altea.es ↗. A modo de guía, reunimos aquí lo que está repartido en muchas webs: una visión de conjunto, no instrucciones de actuación.

Amplia fachada blanca del ayuntamiento, con dos galerías y soportales; de las barandillas cuelgan telas a rayas rojas y amarillas, y en el centro hay banderas y un cartel. Delante, una plaza con aparcabicis, árboles y maceteros.
El ayuntamiento: los soportales en planta baja y, encima, las dos galerías con los colores de la senyera Abrir Street View →Foto: Axel Voigts

Contacto

Dirección
Plaça de José María Planelles 1
03590 Altea (Alicante)Ver en el mapa
Correo
alcaldia (at) altea (punto) es
Sede electrónica
altea.sedelectronica.es
Oficina auxiliar
Extensió Administrativa Altea la Vella — consultar horario por teléfono

Horario de atención

PeriodoAtención al público
1 de octubre – 31 de mayo, lunes a viernes8:30 – 14:00
Sábados, domingos y festivoscerrado

Horario de verano (junio a septiembre): véase altea.es. Los festivos locales alteran el horario. Durante la semana de fiestas de finales de septiembre y en Navidad conviene llamar antes.

Los horarios cambian. Antes de acudir, conviene comprobarlos: altea.es

Departamentos y personas de contacto

  • Atenció al CiutadàAtención al público: información, impresos, cita previa
  • Padró d’habitantsPadrón: altas, cambios, bajas y certificados
  • Registro GeneralRegistro de entrada de solicitudes y escritos
  • AlcaldiaAlcaldía, con cita previa
  • Intervenció / TresoreriaPresupuesto, pagos y certificados

Paso a paso: el empadronamiento

  1. Reunir la documentaciónPasaporte o DNI, justificante de la vivienda y, si hay menores, el libro de familia o certificado de nacimiento. Todo original y copia.
  2. Pedir citaPor teléfono en el 965 84 13 00 o a través de la sede electrónica. Sin cita las esperas son largas.
  3. Rellenar la hoja padronalEl impreso (hoja padronal) se recoge en la oficina de atención al ciudadano, donde ayudan a rellenarlo.
  4. PresentarseFirma la hoja padronal cada persona que se empadrona; por los menores, quien tenga la patria potestad. Quien actúe por otro acredita la representación por escrito. Si en la vivienda ya hay empadronados, hace falta la autorización escrita de uno de ellos, mayor de edad.
  5. Recoger el certificadoEl certificado de empadronamiento se expide en el acto o se remite después. No caduca; la antigüedad máxima la fija quien lo pide (la tarjeta SIP, por ejemplo: seis meses).

Qué se tramita aquí

  • Empadronamiento — alta en el padrón municipal, base de casi todo lo demás
  • Certificado de empadronamiento — el justificante que piden casi todas las administraciones
  • Certificado de convivencia — acredita quién vive en el domicilio
  • Registro de entrada — presentar solicitudes y escritos con efectos legales
  • Certificado ACCV: registro en la Oficina de Atención al Ciudadano, planta baja, con cita previa
  • Expediente para la celebración del matrimonio civil en el ayuntamiento
  • Ocupación de la vía pública: terrazas, contenedores, reserva de espacio para mudanzas
  • Tarjeta de residente para aparcar y tasas municipales

Qué debe llevar

  • Pasaporte o DNI, original y copia
  • NIE, si ya se dispone de él
  • Escritura de propiedad o contrato de alquiler
  • Factura reciente de agua, luz o teléfono de la vivienda
  • En alquiler, con frecuencia también la autorización de la propiedad
  • Con menores, el certificado de nacimiento, en su caso traducido y apostillado

La documentación exigida cambia con la normativa. Lista vigente: Sede electrónica

Conviene saber

El empadronamiento es la llave. Se exige o se recomienda para muchos trámites: como justificante de domicilio para la tarjeta SIP, como criterio de puntuación por proximidad en la admisión escolar, y es requisito para inscribirse en el censo electoral.

Muchos trámites pueden hacerse por la sede electrónica, para lo que hace falta certificado digital o Cl@ve. Certificado ACCV: registro en la Oficina de Atención al Ciudadano (planta baja del ayuntamiento), con cita. Cl@ve: registro en Suma, Agencia Tributaria o Seguridad Social, entre otros.

Tasas y precios

Por el alta en el padrón, según nos consta, el Ayuntamiento no cobra tasa. El importe de los certificados y demás tasas municipales figura en las ordenanzas fiscales, que se aprueban cada año: altea.es → Ordenanzas fiscales. Aquí no se reproducen para que no queden desfasadas.

Preguntas frecuentes

Como ciudadano de la UE, ¿puedo votar aquí?

En las elecciones municipales, sí. Hacen falta el empadronamiento en Altea y la inscripción en el CERE, el censo electoral de residentes extranjeros. Se solicita una vez y no se produce automáticamente con el padrón — quien la olvida no figura en la lista el día de la votación. Para las municipales del 23 de mayo de 2027 la declaración debe estar presentada antes del 30 de diciembre de 2026. Los nacionales de 13 países con acuerdo de reciprocidad (entre ellos Reino Unido, Noruega e Islandia) también pueden votar, pero deben acreditar además varios años de residencia legal (Reino Unido y Noruega 3, los demás 5) y solicitarlo antes de cada elección. En las elecciones generales solo votan los ciudadanos españoles.

¿Tengo que empadronarme si solo estoy aquí temporadas?

Se empadrona quien tiene en Altea su residencia habitual; quien vive en varios municipios, en aquel donde pasa más tiempo al año (art. 15 de la Ley 7/1985). Para estancias de vacaciones no procede.

¿Cuánto tiempo es válido un certificado de empadronamiento?

El documento no caduca. La antigüedad máxima la fija la administración que lo pide; para la tarjeta SIP, por ejemplo, son seis meses.

¿Atienden en alemán o en inglés?

Algunas personas del equipo hablan inglés, pero no está garantizado. Las lenguas del procedimiento son el castellano y el valenciano. Los documentos en otro idioma se presentan, por lo general, con traducción jurada.

¿Cuánto cuesta?

Por el alta en el padrón, según nos consta, el Ayuntamiento no cobra tasa. Otros certificados pueden tener tasa; véanse las ordenanzas fiscales.

Mapa

Mapa de Google Maps

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Páginas relacionadas

Datos facilitados por el Ayuntamiento de Altea, actualizados en octubre de 2026. Los horarios y las competencias pueden cambiar; conviene confirmarlos por teléfono antes de acudir. Fuentes: boe.es (Resolución 29.4.2020, padrón; Ley 7/1985), ine.es (CERE), san.gva.es (tarjeta SIP), altea.portalemp.com (certificado ACCV).