Altea · En caso de fallecimiento
En caso de fallecimiento

En caso de fallecimiento

En caso de fallecimiento

Los primeros trámites van deprisa: por lo general se resuelven en las veinticuatro horas siguientes. Esta página indica qué hacer y en qué orden.

1. Las primeras horas

  1. Avisar a un médicoEl fallecimiento debe certificarlo un facultativo. En domicilio, por el 112 o el centro de salud; en hospital o residencia se hace allí. Sin el certificado médico no se avanza.
  2. Llamar a la funerariaSe ocupa del traslado, el velatorio y la documentación, incluida la inscripción en el registro civil. Es la vía habitual: no hace falta ir uno mismo a las ventanillas.
  3. Comprobar el seguroMuchos hogares tienen una póliza de decesos, a menudo vinculada al seguro del hogar o al banco. Determina qué compañía interviene. Conviene mirarlo antes de encargar nada.
  4. Inscripción en el registro civilDentro de las veinticuatro horas, en el Juzgado de Paz. Después se expide la licencia de enterramiento o incineración. Juzgado de Paz
  5. Entierro o incineraciónSuele producirse entre veinticuatro y cuarenta y ocho horas después. Si se espera a familiares desde el extranjero, conviene decirlo de inmediato: aplazarlo es posible, pero hay que organizarlo.

2. Cementerios de Altea

Las sepulturas y nichos los concede el ayuntamiento; las tasas figuran en las ordenanzas fiscales. Los derechos funerarios son temporales y hay que renovarlos: quien tenga una sepultura familiar conviene que sepa cuándo vence.

3. Crematorio y tanatorios

  • Tanatori Crematori Marina Baixa — N-332, km 142, Villajoyosa. El crematorio más cercano, todos los días de 8:00 a 23:00. 965 89 58 58. Ruta al crematorio
  • Tanatori El Sagristà — Plaça d’Espanya 4, Callosa d’en Sarrià. 965 88 20 30
  • Funerària Germans Femenia Pineda — Camí de Canor 26, Benissa, disponible las 24 horas. 649 48 18 44

La relación recoge los establecimientos más próximos y no constituye recomendación. Qué empresa interviene suele derivarse de la póliza de decesos.

4. Si la persona fallecida era extranjera

  • Avisar al consulado — expide el certificado para el país de origen y orienta sobre el traslado. Otras oficinas
  • Traslado al extranjero — posible, pero complejo: requiere féretro de zinc, autorización y coordinación entre dos administraciones. Lo gestiona la funeraria; el seguro suele cubrirlo solo en parte.
  • Certificados plurilingües — el certificado de defunción existe en versión internacional, admitida en la UE sin traducción. Conviene pedirlo expresamente en el Juzgado de Paz.

5. Después

  • Varias copias del certificado de defunción — banco, seguros, notaría, consulado y entidades de pensiones piden cada uno la suya.
  • Certificado de últimas voluntades — acredita si hay testamento. Se solicita al Ministerio de Justicia, a partir de quince días hábiles desde el fallecimiento.
  • Impuesto de sucesiones — plazo de seis meses desde la fecha del fallecimiento, prorrogable a solicitud. Competencia de la Generalitat Valenciana. Impuestos
  • Contratos — luz, agua, Suma, teléfono, comunidad. Sin cambio de titular, los recibos siguen girándose.
  • Pensiones — avisar de inmediato, tanto a la entidad española como a la extranjera. Los cobros indebidos se reclaman.

6. Previsión

Quien vive aquí ahorra mucho a los suyos si deja resueltas tres cosas: una póliza de decesos o una instrucción clara, un testamento español para los bienes situados en España, y una carpeta con documento de identidad, NIE, pólizas y datos bancarios en un lugar localizable.

El testamento español se otorga ante notario y queda anotado en el registro central. No sustituye a uno extranjero, lo complementa — y evita el reconocimiento de un testamento foráneo, que puede llevar meses.

Esta página describe el procedimiento habitual. Para el caso concreto, sobre todo en herencias con elemento extranjero, lo correcto es el asesoramiento jurídico o notarial.

Direcciones y teléfonos comprobados en August 2026. Plazos y competencias se rigen por la normativa vigente.